Registro Central de Personal Administración Estado

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El Real Decreto 2073/1999, de 30 de diciembre, modifica el Reglamento del Registro Central de Personal de funcionarios y personal laboral que estaba en vigor y que hasta entonces estaba regulado por el Reglamento aprobado en 1986. Este órgano perteneciente a la Administración General del Estado es una garantía para todo el personal inscrito en él y además es una potente herramienta utilizada en la Administración del Estado para la gestión de los recursos humanos existentes en esta administración.
 
 



Información relevante en el Registro Centra de Personal


Con la aprobación de este Real Decreto se persigue el establecimiento de un único de registro personal que se encuentra destino en el ámbito de la Administración General del Estado. Además este reglamento introdujo un elemento identificador de cada funcionario que es el número de identificación personal, que es único y que se mantiene durante todo el tiempo que dure la relación de cada personal con la Administración General del Estado. También se añadieron algunos aspectos en el registro, como la anotación marginal y la anotación provisional, proporcionando así una mayor información de cada funcionario.




Cualquier funcionario puede acceder a los datos que sobre él se dispone en el Registro Central de Personal. Es obligatoria la anotación en este registro de los actos administrativos, resoluciones y otros datos. Por tanto deberán quedar registradas las tomas de posesión en plazas, destinos y puestos de trabajo ocupados. Igualmente se anotarán los correspondientes ceses. Supresión o modificación de las características de los puestos ocupados, cambios de situación administrativa, adquisición de grado personal, adquisición de especialidades dentro del Cuerpo al que pertenece el funcionario, pérdida de la condición de funcionario, reconocimiento de trienios y jubilaciones, entre otros serán anotados y pueden ser consultados en cualquier momento en el Registro Central de Personal.

Igualmente se establece una serie de criterios de las anotaciones que se tienen que realizar con respecto al personal laboral que realice sus funciones en la Administración General del Estado. Tanto los funcionarios como los trabajadores contratados por la Administración General del Estado pueden ejercer su derecho de acceso a la información que sobre él consta en el registro. Los certificados que los interesados soliciten serán expedidos por el Jefe del Registro Central de Personal.




El Registro Central de Personal y su acceso


El Registro Central de Personal es una División perteneciente a la Dirección General de Organización Administrativa y Procedimientos de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas. Esta Secretaría pertenece al actual Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. La pagina web funciona.es está orientada a mostrar muchas de estas informaciones a los funcionarios. Esta red solo está accesible a través de la Red Sara, por lo que los funcionarios solo podrán acceder a ella a través de la Intranet propia de su organismo.

Màs información sobre grado personal y otros elementos del expediente de los funcionarios.

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