Derecho funcionarios al cobro de trienios

Derecho funcionarios al cobro de trienios
La interpretación de la normativa de aplicación a los funcionarios no escapa de discrepancias como ocurre con la normativa en general. Esta interpretación personalizada que se puede realizar de diferentes aspectos provoca en ocasiones un conflicto de intereses entre el funcionario y la Administración. Una de las misiones de los sindicatos es velar porque el cumplimiento de la ley se lleve a cabo escrupulosamente y si se detectan irregularidades, ponerlo en conocimiento de las autoridades competentes. La última palabra la tienen siempre los tribunales.





Resoluciones que vulneran derechos


Una de las materias que mayor controversia genera son los derechos de los funcionarios que se encuentra en una situación de incapacidad temporal. Recientemente se ha publicado una sentencia del Tribunal Superior de Galicia que viene a modificar la aplicación que se había venido realizando en los casos de funcionarios que estando en situación de incapacidad temporal, cumplían un trienio. Estaba establecido que cualquier modificación retributiva que se produzca durante la situación de incapacidad temporal, solo tendrá efectos una vez que se produzca el alta médica y sin carácter retroactivo.





La aplicación de esta norma implica que una vez que se calcule el complemento y la retribución que el funcionario cobre mientras dure su situación de incapacidad, no se modificará durante todo el tiempo que la situación permanezca. Cualquier efecto económico, como por ejemplo el que se produce al cumplir un trienio, queda suspendido hasta que el funcionario vuelva a incorporarse tras el alta médico, y además sin efecto retroactivo.

Esta norma vulnera los derechos de los funcionarios. Los trienios que se van cumpliendo cada tres años de servicios prestados generan una serie de derechos económicos y no económicos que con la aplicación de esta norma quedan suspendidos. Tras la sentencia del Tribuno Superior de Galicia se ha reconocido el derecho que tiene el funcionario a que el trienio que cumpla mientras se encuentre en una situación de incapacidad temporal, ha de ser incorporado a su nómina de forma inmediata en el momento en que este se cumpla.




Requisitos para los trienios


Hay que tener en cuenta que para que se realice el reconocimiento a un funcionario de un trienio solamente establece la normativa una única condición. Este requisito es la prestación continuada de servicios durante 3 años, y en el momento en que este requisito es superado, aparece el derecho del funcionario a percibir un importe mensual, determinado por el grupo de clasificación de funcionarios en el que se encuentre adscrito, mientras que dicho funcionario se encuentre en activo.




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