Funcionarios en suspensión firme de funciones

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De los dos tipos de suspensión que se puede acordar para un funcionario, la suspensión firme es la que tiene carácter definitivo y consecuencia más drásticas en la carrera profesional de los funcionarios. En el caso de la suspensión firme de funciones, será el Departamento ministerial al que se encuentre adscrito el Cuerpo o Escala al que pertenezca el funcionario el que debe recibir la información del acuerdo en el que se declara dicha suspensión. Cuando el funcionario pertenezca a varios Cuerpos o Escalas de distintos organismos, todos los Departamentos ministeriales serán informados.



El carácter firme de la suspensión de funciones


La suspensión de funciones de un funcionario tendrá carácter firme cuando haya sido impuesta por una sanción disciplinaria o una condena criminal. Esta suspensión de funciones conlleva la pérdida del puesto de trabajo siempre que el periodo de suspensión supere los seis meses. Es una de las pocas vías existentes por la que un funcionario puede perder su puesto de trabajo, por lo que puede comprobarse como la pérdida de la condición de funcionario en España requiere de una serie de acciones de carácter grave por parte del funcionario.




Durante el tiempo que dure la suspensión firme no se podrá realizar ningún cambio en la situación administrativa de los funcionarios afectados. Un funcionario en suspensión firme que haya perdido su puesto de trabajo por una condena o sanción, puede solicitar su reingreso al servicio activo desde un mes antes de que finalice el plazo en el que ha sido suspendido. Este reingreso tendrá efectos económicos y administrativos desde el momento en que la responsabilidad penal o disciplinaria que haya originado la suspensión se extinga.

Si llegado el momento de finalización del período de suspensión firme, el funcionario no solicita el reingreso al servicio activo, pasará automáticamente a la situación administrativa de excedencia voluntaria por interés particular. El cómputo de este periodo de excedencia voluntaria se inicia desde la fecha de finalización de la sanción impuesta. Si pasados seis meses desde que el funcionario solicitó el reingreso al servicio activo no se ha concedido una plaza, el funcionario será declarado de oficio en excedencia forzosa, con los efectos que esto conlleva, desde la fecha de extinción de la responsabilidad disciplinaria o penal.




Suspensión firme con posibilidad de reingreso


Como puede verse en este artículo, resulta bastante complicado que un funcionario pierda su condición ya que incluso en una situación de suspensión firme de funciones, en la que puede haber perdido se puesto de trabajo, tiene el derecho de solicitar el reingreso al servicio activo y este reingreso debe producirse antes de un periodo de seis meses, si no es así, el funcionario pasa a la situación de excedencia forzosa, con los efectos que conlleva esta situación y que puede ser consultado en este artículo sobre la excedencia forzosa.

Más información sobre situaciones administrativas de los funcionarios.

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