Licencia de los funcionarios por matrimonio

Licencia de los funcionarios por matrimonio
El derecho a la licencia por matrimonio de los funcionarios está recogido en el artículo 48.I de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y en el Real Decreto Ley 20/2012, de 13 de julio. Este derecho está universalmente extendido, ya que también en la esfera de la empresa privada se aplica. El funcionario tiene derecho por razón de matrimonio a un permiso de 15 días naturales, que pueden ser anteriores o posteriores en todo o en parte al día en que se celebre el matrimonio.



Permiso por traslado de domicilio para funcionarios

Permiso por traslado de domicilio para funcionarios
Son muchos los motivos que pueden generar el derecho de los funcionarios a disfrutar de días de permiso independientes de los habituales de asuntos propios y vacaciones retribuidas. Uno de esos casos es el de permiso por traslado de domicilio sin cambio de residencia del puesto de trabajo. En este permiso hay diferencia entre funcionarios y laborales. Los funcionarios pueden disfrutar de un día, mientras que los laborales en algunos convenios tienen recogido que pueden disfrutar de dos días si hay cambio de localidad.



Permiso cumplimiento deber inexcusable

Permiso cumplimiento deber inexcusable
Los funcionarios pueden disfrutar de un permiso por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal y por deberes derivados de la conciliación de la vida familiar y laboral. Este permiso se encuentra regulado en el artículo 30.2 de la Ley 30/1984, que fue modificado por la Disposición Adicional 19 de la Ley Orgánica 3/2007 y también en el artículo 48 j del Estatuto Básico del Empleado Público.



Permisos de funcionarios y grados de parentesco

Permisos de funcionarios y grados de parentesco
En muchos de los permisos que pueden disfrutar los funcionarios el número de días que se conceden está relacionado con el grado de parentesco de la persona causante del hecho que ha generado este derecho al permiso. En otros permisos el grado de parentesco se utiliza para determinar si el funcionario tiene derecho a la concesión de ese permiso o no. Por tanto es muy conveniente tener claro como están establecidos los grados de parentesco, tanto por afinidad como por consanguinidad.



Permiso funcionarios cuidado de hijos

Permiso funcionarios cuidado de hijos
Los permisos de los funcionarios se encuentran estrictamente regulados en la normativa vigente, pero en ocasiones esta normativa no es totalmente clara y existe disparidad de criterios en su aplicación. Es el caso de los permisos que se pueden conceder a los funcionarios para el cuidado domiciliario de un hijo cuando este se encuentra enfermo y requiere de cuidados personales. Estas diferencias de aplicación hacen que dependiendo del órgano donde el funcionario se encuentre destinado, pueda ser concedido o no.



Permisos funcionarios promoción interna

Permisos funcionarios promoción interna
La promoción de los funcionarios es una materia que a lo largo de la historia ha sido tratado de diferentes maneras, tanto por la Administración como por parte de las organizaciones sindicales. En el transcurso del tiempo se han definido procedimientos para llevar a cabo una promoción real de los funcionarios, aunque todos los esfuerzos han quedado en resultados pobres, con medidas que vienen a mitigar un poco este proceso de promoción interna de los funcionarios, pero que no consiguen diseñar una carrera profesional que posibilite el ascenso de los funcionarios de una manera sencilla y estructurada.



Moscosos, canosos y vacaciones funcionarios

Grupos de clasificación de los funcionarios de carrera
Los recortes que han ido sufriendo los funcionarios en su nómina se han unido a recortes de otros derechos como los relativos a las vacaciones y días de asuntos propios. Por fin llegó el momento en que el Gobierno decidió devolver parte de esos derechos, restableciendo el número de días de asuntos propios, los denominados moscosos, días de asuntos propios por antigüedad, denominados comúnmente canosos, y aumento de número de días de vacaciones en función de los trienios de servicio. Pero de nuevo llega otra crisis, veremos que pasa ahora.



Más novedades vacaciones funcionarios

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Fue en el año 2012 cuando por Resolución de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas los funcionarios vieron recortados drásticamente el número de días de vacaciones y asuntos propios que podían disfrutar. El Real Decreto Ley 10/2015 vino a restablecer la situación, concediendo de nuevo a los funcionarios las vacaciones y asuntos propios que les había sido sustraído en 2012. La Resolución de 16 de septiembre de 2015 recogía las condiciones que quedaban de nuevo las vacaciones y los días de asuntos propios de los funcionarios.

El Gobierno devolverá lo quitado a los funcionarios

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Estamos muy cerca de las próximas elecciones generales y el Gobierno intenta acaparar votos de todos los colectivos. Ahora les toca el turno a los funcionarios, un colectivo que ha sido castigado duramente durante los años de crisis con drásticos recortes en derechos adquiridos, tanto en materia económica como en otros ámbitos. Con la vista puesta en las elecciones, los dirigentes del Gobierno han ido haciendo anuncios en los que se indican que se van a devolver a los funcionarios algunos de esos derechos perdidos, pero de momento no hay concreción. 


¿Devolverán a los funcionarios la paga extra y los días libres?

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Cada vez que se acercan unas elecciones los rumores empiezan a correr de manera vertiginosa entre colectivos que han visto como sus derechos se han ido recortando en los últimos años antes del nuevo proceso electoral. Es justo lo que les pasa a los funcionarios. Años de recortes que han supuesto una privación de derechos adquiridos desde hace muchos años y que el Gobierno sin el menor pudor cortó de forma radical. No hubo negociación entonces con los sindicatos, o al menos no hubo negociaciones que trascendieran. Fue un puro y limpio tijeretazo a un colectivo que no se había beneficiado prácticamente en nada en la época de bonanza.

Un día más de asuntos propios para funcionarios

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De nuevo ha sido anunciada la concesión de un día más de asuntos propios para funcionarios en el año 2015. Lejos quedan aquellos días en que los funcionarios tenían seis días al año de asuntos propios, más un número de días en función de la antigüedad que tuviesen en la administración. Igual ocurría con los días de vacaciones, todos tenían 22 días más otros días más en función de su antigüedad. Pero ya esta no es la situación, los recortes económicos también trajeron recorte en los días de asuntos propios y en las vacaciones.


Permiso de Paternidad por nacimiento de un hijo

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El Estatuto Básico del Empleado Público recoge este permiso por motivos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral. El permiso por paternidad tiene una duración total de quince días y puede disfrutarlo el padre o el otro progenitor a partir de la fecha de nacimiento, de la decisión administrativa o judicial de acogimiento o de la resolución judicial por la que queda constituida la adopción, ya que este permiso recoge las situaciones de nacimiento de hijo, acogimiento o adopción.



Permiso de funcionarios por lactancia de un hijo

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El permiso por lactancia de un hijo menor de 12 meses está regulado para los funcionarios en el artículo 30.1.f de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, y en el artículo 51 del Estatuto Básico del Empleado Público. Este permiso puede ser solicitado indistintamente por cualquier de los dos progenitores en el caso de que los dos estén trabajando. Los derechos que da este permiso serán incrementados de forma proporcional en aquellos casos en que exista parto múltiple.



Permiso por acogimiento o adopción

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Todos los permisos que pueden disfrutar los funcionarios vienen recogidos en el Estatuto Básico del Empleado Público. Entre los existentes se encuentran aquellos que están relacionados con la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, y dentro de este bloque está el permiso por adopción o acogimiento, tanto preadoptivo como permanente o simple. Este permiso tiene una duración de dieciséis semanas ininterrumpidas, y puede ser ampliado en dos semanas más si el menor tiene alguna discapacidad.



Permisos diversos sobre la maternidad de funcionarias

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Además del permiso por parto, los funcionarios y funcionarias pueden disfrutar de otros permisos relacionados con los exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto, permiso y reducción de jornada por nacimiento de hijos prematuros o que deban permanecer hospitalizados a continuación del parto y permiso para someterse a técnicas de fecundación o reproducción asistida. Todos estos permisos tienen una regulación propia y es conveniente que los funcionarios y funcionarias los conozcan para poder ejercer sus derechos.



Permiso de los funcionarios por parto

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En el caso de nacimiento de hijo, los funcionarios tienen derecho a disfrutar de un permiso de 16 semanas ininterrumpidas, que puede ser ampliado en dos semanas más en el supuesto de discapacidad del hijo y, por cada hijo a partir del segundo, en los supuestos de parto múltiple. El permiso se distribuirá a opción de la funcionaria siempre que seis semanas sean inmediatamente posteriores al parto. En caso de fallecimiento de la madre, el otro progenitor podrá hacer uso de la totalidad o, en su caso, de la parte que reste de permiso.



Permiso enfermedad familiar funcionarios II

permisos funcionarios enfermedad familiar.
El permiso por el fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar permite a los funcionarios disponer de días de permiso retribuido, aunque es conveniente conocer los matices que rodean a este tipo de permisos. La normativa establece que los días de permiso son los inmediatamente posteriores y consecutivos a aquél en que se produzca el hecho causante, sin computar los días inhábiles y festivos. Pero a este respecto hay una matización que establece cierta flexibilidad a esa norma.



Permiso funcionarios enfermedad familiar

El conocimiento de la normativa sobre recursos humanos es fundamental para los funcionarios ya que les permitirá poder disfrutar de todos los derechos que tienen consolidados. Habitualmente las Unidades de Recursos Humanos ofrecen información sobre estos derechos y en ocasiones, cuando la normativa deja libertad a la decisión de los responsables, pueden indicar las normas específicas que son de aplicación para los funcionarios que dependen de esa unidad. Estos casos particulares son muy pocos, ya que prácticamente todo está regulado para todos los funcionarios.



Becas promoción interna para funcionarios

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El fomento de la promoción interna de los funcionarios es motivo de estudio constante en los planes de acuerdos de los sindicatos con la Administración Pública. Este sistema de promocionar a los funcionarios está muy lejos de ser un método de incentivar a los funcionarios ya que los procedimientos establecidos, aunque existen, no hacen el camino fácil en la carrera profesional. Dentro de las medidas de apoyo para este sistema de promoción se determinadas becas.




Permiso funcionarios cumplimiento deber inexcusable

funcionarios permisos y licencias
Dentro de este tipo de permiso se incluye el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal y también por deberes derivados de la conciliación de la vida familiar y laboral. La normativa que regula este permiso de los funcionarios es el artículo 30.2 de la Ley 30/1984, modificada por la Ley Orgánica 3/2007, y también el artículo 48.1.j de la Ley 7/2007 del Estatuto Básico del Empleado Público.




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