Grupos de clasificación de los funcionarios de carrera

Grupos de clasificación de los funcionarios de carrera
En el Estatuto Básico del Empleado Público se establecen los grupos de clasificación de los funcionarios de carrera y el intervalo de niveles a los que puede acceder cada grupo. Cada funcionario tiene un grado personal que se va consolidando mediante un procedimiento definido. Tanto el grupo como el nivel están directamente relacionados con las funciones a desempeñar y por tanto con el sueldo mensual que el funcionario va a cobrar. La pertenencia a un grupo determinado también condiciona la carrera profesional que dicho funcionario podrá desarrollar a lo largo de su vida laboral





Grupos de funcionarios y niveles


El intervalo de niveles dentro de los grupos de clasificación de los funcionarios de carrera va desde el nivel 1 al nivel 30. Para cada grupo o subgrupo de clasificación existe un nivel mínimo, que es el que funcionario adquiere en el momento del ingreso, y un nivel máximo, que es al que puede llegar a lo largo de su carrera profesional. Además según el desempeño de cada puesto, el funcionario también adquiere un grado personal que se va consolidando a lo largo del tiempo.






Los siguientes intervalos son los correspondientes a los diferentes grupos:
  • Grupo A-Subgrupo A1: del 20 al 30
  • Grupo A-Subgrupo A2: del 16 al 26
  • Grupo C-Subgrupo C1: del 11 al 22
  • Grupo C-Subgrupo C2: del 9 al 18
  • Grupo E-Sin subgrupos: del 7 al 14
En el Estatuto Básico del Empleado Público también se determina la existencia del Grupo B, pero hasta la fecha no hay funcionarios incluidos dentro de este grupo.

El funcionario en su nómina mensual verá reflejada las cantidades correspondientes al sueldo, que se determina en función del grupo de clasificación de los funcionarios de carrera o subgrupo de pertenencia, los trienios que le correspondan según la antigüedad en la administración, el complemento de destino, que va en función del nivel que tenga, y el complemento específico que se determina según las características específicas del puesto de trabajo que se esté desempeñando. Además puede tener otros conceptos retributivos variables, como las diferentes productividades. Cuando el funcionario consolida el grado, este hecho es anotado en el Registro Central de Personal, garantizándose dicho grado aunque obtenga destino en un organismo diferente de la Administración del Estado

Cuando un determinado puesto se desempeña por un periodo continuado de dos años, o de tres con interrupción, el funcionario adquiere un grado equivalente al nivel del puesto. La obtención de este grado garantiza que aunque el funcionario sea destinado a otro puesto de inferior categoría, el componente del salario correspondiente al complemento de destino, no será nunca inferior al del grado personal que se tenga consolidado. Esta garantía no asegura que el total de la nómina sea igual que en el destino anterior, ya que el complemento específico va ligado al nivel del puesto, de forma que puestos con niveles inferiores asignados, tienen un complemento específico inferior.




Cómo suben los funcionarios el grado personal


Esta distribución de niveles dentro de los grupos de clasificación de los funcionarios de carrera sirvió de base para el acuerdo entre sindicatos y algunos organismos de la Administración del Estado, como la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Mediante este acuerdo se establece un sistema mediante el cual en función de la antigüedad en el desempeño de un puesto se sube al tramo siguiente de niveles y específicos, de forma que con el paso del tiempo el funcionario ve como va subiendo en su nómina el componente correspondiente al complemento de destino y al complemento específico, siempre con el límite del nivel establecido para el subgrupo de pertenencia. Este acuerdo actualmente está paralizado por las dificultades económicas que se están atravesando.

Si eres funcionario o quieres serlo, te puede interesar este artículo sobre modalidades de excedencia de los funcionarios.

imagen
Funcionario Oposiciones