Incompatibilidad funcionarios segunda actividad

Incompatibilidad funcionarios
Con las modificaciones incorporadas en la ley de incompatibilidad funcionarios para el ejercicio de una segunda actividad, tanto en el sector público como en el privado, se ha abierto una vía que están utilizando muchos funcionarios para poder realizar esa segunda actividad y poder resarcirse en alguna  medida de las reducciones que están viendo constantemente en su sueldo. Esto ha hecho que sean muchas más las solicitudes que se están presentando.



Incompatibilidad funcionarios según el sector de actividad


Si la actividad para la que se solicita es pública, deberá presentarse la solicitud en cualquiera de los siguientes organismos:
  • En cualquiera de los registros públicos de cualquier organismo de la Administración del Estado o de la Administración Autonómica. También es posible presentarla en un registro de la Administración Local que tenga suscrito convenio de registro.
  • En cualquiera de las oficinas de Correos
  • En las oficinas consulares o representaciones diplomáticas de España, situadas en el extranjero.
  • En el Portal de los empleados públicos de la Administración del Estado, www.funciona.es.
  • A través del portal ACCEDA del ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
También los plazos de resolución varían según el sector al que pertenece el puesto de trabajo para el que se solicita la compatibilidad. Si la segunda actividad que se pretende realizar corresponde al sector público, el plazo de resolución es de cuatro meses. Si la actividad pertenece al sector privado la resolución ha de resolverse en tres meses.

En caso de plantearse alguna duda sobre la incompatibilidad funcionarios es posible realizar una consulta a la Sección de Gestión de Incompatibilidades del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas en Madrid. Las dudas pueden ser resueltas tanto dirigiéndose en persona a la oficina, por teléfono o por correo electrónico. En la web del ministerio se puede ver la información de contacto.

Reducción del complemento específico


Con la posibilidad de reducción del complemento específico que actualmente se puede realizar en determinados puestos, muchos funcionarios están planteándose la realización de una segunda actividad. Teniendo en cuenta el tiempo de resolución, según el sector al que pertenezca la nueva actividad a realizar, es posible realizar una planificación de cuándo solicitarla para poder iniciarla en el momento que al funcionario le interese.



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