Anticipos de nóminas para los funcionarios

Anticipos de nóminas para los funcionarios
Ser funcionario es algo que muchos hoy en día anhelan ya que reporta una serie de condiciones de trabajo y retributivas muy atractivas. Esto no era así en los años de bonanza económica, donde los sueldos de la empresa privada estaban en muchas ocasiones por encima de los de los funcionarios. Hoy en día esa brecha se ha reducido drásticamente y los derechos adquiridos por los trabajadores de la empresa privada también se han visto mermados considerablemente.





Dos tipos de anticipos de nómina para funcionarios


Aunque es una práctica que se da en todo tipo de empresas, en la administración no resulta complicado solicitar un anticipo de nómina en determinadas condiciones. Existen dos tipos, el denominado anticipo reintegrable y el anticipo de haberes devengados. El primero de ellos es el más habitual y supone la solicitud de un anticipo de una o dos mensualidades de sus retribuciones básicas, es decir del componente sueldo y el correspondiente a la antigüedad. A esta cantidad hay que restar el importe de retenciones de IRPF que le corresponda.





Si se va a pedir solo una mensualidad la devolución se realiza en un plazo de 10 meses y si la petición corresponde a dos mensualidades, se devolverá en el plazo de 14 meses. En caso de que el funcionario cambie de destino en el periodo de devolución, se le seguirá descontando en el nuevo destino los importes correspondientes hasta la cancelación del anticipo. En los casos de jubilación o fallecimiento de los funcionarios, los importes pendientes deberán ser reintegrados.

La modalidad de anticipo de haberes devengados es menos habitual y consiste en la solicitud de abono de la parte de la nómina devengada y aún no pagada del mes en curso. Existe un modelo de solicitud para este tipo de anticipo que el funcionario deberá cumplimentar y firmar. Para que pueda ser concedido la nómina del mes en curso no debe haber sido cerrada. El cierre de las nóminas se produce varios días antes de final de mes. Estos anticipos son considerados como excepcionales y no será otorgado de forma repetitiva para un mismo funcionario.




Requisitos de concesión de los anticipos


El hecho de estar establecido un procedimiento para regular el anticipo del sueldo facilita el trámite y concesión de los mismos. Todas las cuestiones relacionadas con este tipo de operaciones pueden ser consultadas en la Unidad de Recursos Humanos del organismo donde el funcionario tenga su destino actual. Para poder solicitar un anticipo es necesario que haya transcurrido como mínimo un mes desde la inclusión del funcionario en la nómina de haberes. No se puede solicitar otro anticipo hasta haber cancelado el anterior.



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