La edad de jubilación de los funcionarios

La edad de jubilación de los funcionarios
Desde que en el año 1984 se aprobara la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública, el acceso a la función pública se democratizó y permitió que muchas personas pudieran ocupar un puesto en la Administración basándose exclusivamente en cuestiones de mérito. Este hecho, unido a la apertura de las Administraciones y la dotación masiva de personal que se hizo en aquella época, provocó que muchos jóvenes pasasen a ocupar puestos dependientes de las distintas Administraciones.



Jubilación a los 60 años


Ha pasado el tiempo y aquellos jóvenes que empezaron su carrera como funcionarios, hoy ya no son tan jóvenes. El paso del tiempo y la no cobertura del 100% de las plazas que se iban quedando vacantes han provocado un envejecimiento del personal funcionario que desde hace poco tiempo y en los próximos años, va a ver reducido enormemente su número por la gran cantidad de funcionarios que pasaran a jubilarse.






La edad de jubilación de los funcionarios sigue siendo de 65 años. Para poder jubilarse cobrando la totalidad de la pensión es necesario tener 35 años de servicio. Muchos funcionarios tienen ese número de años antes de la edad de jubilación forzosa, y hacen uso de su derecho a jubilarse al cumplir los 60 años. La pensión de jubilación de los funcionarios se calcula en base al haber regulador y este está relacionado con el grupo de adscripción al que funcionario pertenece. Eso implica que la pensión de jubilación de un funcionario C2 de nivel 14 es la misma que la de otro del mismo grupo y nivel 18.

Es en los casos de los niveles más bajos de funcionarios donde la jubilación a los 60 años se da con mayor frecuencia. Uno de los componentes de su sueldo que los funcionarios dejan de cobrar  cuando se jubilan es el complemento de productividad. Cuando se está en activo este complemento está relacionado con el grupo y nivel que tenga el funcionario. En los grupos inferiores, como el C2, el complemento de productividad es prácticamente insignificante, por lo que los funcionarios de este grupo cobran cuando se jubilan a los 60 años prácticamente el mismo importe que cuando estaban trabajando. Así la decisión es fácil. No ocurre lo mismo cuando se pertenece a grupos superiores, ya que la pérdida del complemento de productividad puede ser muy importante.





Jubilación a los 70 años


En el otro extremo, los funcionarios pueden solicitar lo que comúnmente se conoce como reenganche. Cuando se cumple los 65 años, los funcionarios pueden solicitar seguir en servicio activo hasta los 70 años. El colectivo que mayoritariamente solicita esta prolongación es el correspondiente a los puestos superiores de la Administración. Precisamente el complemento de productividad y el complemento de destino y específico tienen mucho peso en esta decisión. Además, estas prolongaciones del servicio activo suelen concederse a los funcionarios que ocupan puestos altos, denegándose a los de menor nivel.

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