Oposiciones Museo del Prado. Convenio Colectivo

Oposiciones Museo del Prado. Convenio Colectivo
El convenio colectivo de aplicación a aquellos Auxiliares de Servicios Generales, Vigilantes de Sala que entren a formar parte de la bolsa de trabajo del Museo del Prado es el publicado en Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 9 de mayo de 2012. Sueldo, horario, jornada, vacaciones y todos los demás aspectos relacionados con el puesto de trabajo están en él regulados.




Características de las plazas de las oposiciones del Museo del Prado


Las plazas incluidas en la convocatoria de oposiciones del Museo del Prado están encuadradas dentro del Grupo III, nivel 6, según la clasificación establecida en este convenio, que tiene vigencia para los años 2012, 2013 y 2014. Dentro de este grupo profesional se incluyen aquellos trabajadores que están en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria, Técnico de Formación Profesional o cualquier otra titulación equivalente. La responsabilidad en las tareas que realizan los trabajadores encuadrados en este grupo,  están limitadas por la supervisión directa de un superior. Si bien en los niveles superiores los trabajadores pueden realizar actividades de coordinación de grupos de trabajo.

En cuanto a la organización funcional estas plazas se encuentran dentro del apartado de Servicios Generales, control e información. Sus funciones son la seguridad y vigilancia de las salas, edificios, colecciones e instalaciones, así como el control de acceso, identificación, atención e información al personal visitante, recepción de documentación y paquetería, almacenamiento de todo tipo de bienes y materiales, atención telefónica, apertura y cierre de puertas, todo lo relacionado con la gestión de la correspondencia y otras actividades de naturaleza similar.

En el convenio colectivo también se establece la jornada laboral, que queda establecida en 1.647 horas anuales. También se determina los días de cierre del museo, las jornadas especiales y las compensaciones por trabajar determinados días festivos. En el mismo convenio queda establecido que los trabajadores con contrato temporal pueden tener horarios diferentes a los que tiene el personal fijo del Museo del Prado. Queda establecida una pausa de media hora que se considera tiempo efectivo de trabajo. Esta pausa la puede utilizar aquellos trabajadores que tengan una jornada superior a cinco horas y media al día. Para otros turnos y horarios se establecen diferentes pausas.

Retribuciones de los trabajadores del Museo del Prado


Las retribuciones de los trabajadores que ocupen alguna de las plazas de Vigilantes de Sala de las oposiciones del Museo del Prado convocadas están compuestas por el sueldo base, el completo de puesto, el complemento de carrera y los trienios cuando acumulen antigüedad en el puesto. Otros complementos según las características de la plaza y horario son el de disponibilidad, el de responsabilidad, el de nocturnidad y el de jornada especial.

Otras informaciones sobre Museo del Prado: Empleo.


imagen
Funcionario Oposiciones