¿Quieres trabajar de examinador de Tráfico?

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En el BOE de 29 de mayo de 2015 el Ministerio del Interior ha publicado la convocatoria para la realización de cursos de examinadores de tráfico. Los cursos están destinados a los funcionarios pertenecientes a los grupos C1 o C2 que deseen participar para su posterior como examinadores en la Dirección General de Tráfico. La superación de la formación consiste en superar una prueba de conocimientos y otra de práctica de conducción. Posteriormente deberán superar un curso de cualificación inicial y otro de cualificación profesional.



Quiénes pueden participar y requisitos exigidos


Pueden participar en este proceso de formación todos los funcionarios que se encuentren en activo en cualquier puesto de la Administración General del Estado, siempre que dicho puesto se encuentre encuadrado en la clave EX11. Excepcionalmente se permite la participación de funcionarios que pertenezcan a Cuerpos o Escalas de Instituciones Penitenciarias que estén adscritos o prestando servicios con carácter definitivo en el Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico. También podrán participar los funcionarios de carrera que pertenezcan a Cuerpos o Escalas de Correos y Telégrafos. Los funcionarios destinados en la Agencia Estatal de Administración Tributaria, aunque pueden participar, requerirán de la autorización de dicho organismo para poder presentarse.

Los requisitos para poder participar son pertenecer a los subgrupos C1 o C2, tener cumplido un mínimo de 23 años, contar con el permiso de conducción ordinario de clase B con una antigüedad mínima de tres años y estar en posesión del título de Bachiller, formación profesional de segundo grado o equivalente. El compromiso que adquieren los participantes es si están destinados ya en la Dirección General de Tráfico a ocupar voluntariamente en comisión de servicios un puesto de examinador al menos durante un año. Estas comisiones de servicios, al tener el carácter de voluntarias, no generarán derecho alguno a indemnizaciones por razón del servicio. Si el funcionario no está destinado en la Dirección General de Tráfico deberá cumplir las mismas condiciones, pero deberá acompañar un escrito de la Unidad de Personal de su puesto de puesto de trabajo en el que se autorice a la participación en este proceso de formación y compromiso de informe favorable de la comisión de servicios posterior en caso de superarlo.

Las solicitudes de participación deberán dirigirse a la Sra. Directora General de Tráfico según el modelo que se publica en la resolución en el plazo de veinte días naturales a contar desde el siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Deberán presentarse en el Registro de la Dirección General de Tráfico o en los registros de las Jefaturas Provinciales o Locales de Tráfico. Junto a la solicitud deberá presentar la relación de Jefaturas a las que se opta para la participación en el curso, un Certificado de Datos y el documento indicado en el Anexo V de la convocatoria firmado y sellado por la Unidad de Recursos Humanos de origen.

Contenidos de las pruebas a realizar


La prueba de conocimiento que tendrán que superar los candidatos versará sobre normas y señales reguladoras de la circulación, cuestiones de seguridad vial y entretenimiento simple de automóviles. La prueba tiene carácter eliminatorio y será de tipo test. La segunda prueba corresponde a la parte práctica y consistirá en la conducción de un vehículo turismo en vías abiertas al tráfico general. Estarán exentos de realizar estas pruebas aquellos funcionarios que las hayan superado en una convocatoria anterior y que no hayan accedido al curso por no existir vacante en las localidades solicitadas.

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