Descuento a funcionarios ausencia por enfermedad

Descuento a funcionarios por enfermedad
Si la Ley de Presupuestos para el 2013 vino a regular los descuentos que se producirán en las nóminas de los funcionarios que se encuentren en situación de incapacidad temporal, la Orden HAP/2802/2012, de 28 de diciembre, determina cual es el sistema de descuentos a aplicar a los funcionarios por ausencia al trabajo por causa de enfermedad o accidente cuando no se llega a una situación de baja por incapacidad temporal.


 

Descuento por enfermedad en nómina


Cuando un funcionario se pone enfermo podía no asistir a su puesto trabajo y no necesitaba presentar una baja médica hasta el cuarto día de ausencia. Ello no conllevaba ningún tipo de descuento, ni económico, ni de días vacaciones disponibles. Con la publicación de esta nueva norma esto ha cambiado. Ahora el funcionario que no asista a su puesto de trabajo por enfermedad o accidente y no presente un documento de baja médica, porque no proceda al tener una duración de 1, 2 o 3 días el proceso de recuperación, verá una reducción del 50% de sus retribuciones en su nómina por los días de ausencia.

Este descuento no se aplicará desde el primer día de ausencia al trabajo, sino que se establece un margen de cuatro días de ausencia en todo el año natural en los que no se aplicará el descuento. De estos, solo tres pondrán ser consecutivos. Todos los días que sobrepasen de ese número sí llevaran descuento en nómina.

Con esta medida se pretende disminuir el alto grado de absentismo laboral existente en la Administración Pública por enfermedad o accidente sin baja por incapacidad temporal. Esto hará que muchos funcionarios no se puedan permitir faltar al trabajo por una enfermedad que no sea grave, ya que con los sueldos que muchos funcionarios de las categorías profesionales más bajas tienen, no pueden permitirse cobrar la mitad de la retribución correspondiente al día de enfermedad.

Entrada en vigor de la norma


Esta norma entró en vigor el 1 de enero de 2013, por lo que todos los departamentos de recursos humanos de los diferentes departamentos dependientes de la Administración General del Estado y sus Organismos Autónomos deberán aplicarla sin excepción. Independientemente del descuento que se realice, todos los funcionarios deberán aportar cada vez que se produzca una de estas ausencias la correspondiente justificación médica.

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