Reasignación de efectivos de funcionarios

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Cuando el puesto de trabajo que ocupa un funcionario sea suprimido como consecuencia de un Plan de Empleo, el funcionario será asignado a otro puesto de trabajo por el procedimiento de reasignación de efectivos. Los criterios que han de regir esta reasignación de efectivos están relacionados con las aptitudes, experiencia, formación y la antigüedad. La adscripción al puesto que se adjudique por reasignación tiene el carácter de definitivo. Aquellos que por la reasignación tengan que desplazarse a trabajar a otro municipio recibirán la indemnización establecida en la normativa.



Reasignación de efectivos en distintas fases


La reasignación de efectivos de funcionarios puede producirse en alguna de las fases que se enumeran a continuación:

En el plazo de seis meses desde que se ha llevado a cabo la supresión del puesto de trabajo, el funcionario puede ser destinado a otro puesto de trabajo por reasignación. Este nuevo puesto ha de tener similares características, funciones y retribuciones. Siempre será en el mismo ámbito de la Subsecretaría del Departamento ministerial donde estuviese destinado. En aquellos casos en que el funcionario pertenezca a Cuerpos y Escalas que tengan reservados puestos en exclusiva, la reasignación será realizada por la autoridad de la que dependan dichos Cuerpos o Escalas.




Si en el plazo establecido en el apartado anterior el funcionario no ha sido reasignado a un nuevo puesto de trabajo en el mismo Ministerio donde estaba destinado inicialmente, podrá ser reasignado por la Secretaría de Estado para las Administraciones Públicas, en un plazo máximo de tres meses, a otro Departamento ministerial en un puesto con similares características, funciones y retribuciones. Tanto en la primera situación analizada, como en esta segunda, la reasignación tiene carácter obligatorio si el puesto de trabajo está localizado en el mismo municipio y voluntario para puestos que estén en distinto municipio.

Si transcurridas las dos fases anteriores el funcionario sigue sin estar destinado a un nuevo puesto de trabajo, pasarán a estar adscritos al Ministerio para las Administraciones Públicas. Se establecen unas relaciones de puestos de trabajo específicas para puestos en reasignación. Los funcionarios que se encuentren en esta situación pasarán a estar en situación administrativa de expectativa de destino. Cuando se produzca la reasignación tendrá carácter obligatorio cuando el nuevo puesto esté ubicado en la misma provincia que el puesto anterior y voluntario en el caso contrario.




Reasignación a otras Administraciones


La última de las fases en las que puede producirse la reasignación de efectivos se da cuando esta se realiza por la Administración General del Estado en cualquier otra Administración Pública de cualquier otro ámbito. Este acto se llevará a cabo por la Secretaría de Estado para la Administración Pública y estará regulado por los convenios que se suscriban a tal efecto con las otras Administraciones. 



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