Movilidad funcionarios por salud o rehabilitación

Movilidad funcionarios por salud o rehabilitación
Son varias las vías que los funcionarios disponen para cambiar de localidad de puesto de trabajo. El procedimiento habitual establecido son los concursos de méritos, pero también se puede conseguir una plaza en diferente destino a través de las comisiones de servicios. En los casos de que el motivo del traslado sea debido a cuestiones de salud o de rehabilitación, existe un procedimiento recogido en la Ley 30/84 de 2 de agosto y en la Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado, que contempla esta posibilidad.



Las comisiones de servicios especiales

comision de servicios especial
El Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, establece en su Título Tercero las distintas formas de provisión de puestos de trabajo para todo el personal funcionario y el resto de personal que trabaja para la Administración Pública.

Movilidad por cambio de adscripción puesto trabajo

Movilidad cambio de adscripción puesto trabajo
Existen muchos procedimientos por los que un funcionario se puede trasladar, en la mayoría de los casos estos traslados son voluntarios, e incluso tienen que ser solicitados por los funcionarios que los quieran. En otras ocasiones estos movimientos de personal surgen a iniciativa de la propia Administración. Una de las movilidades menos conocida es la movilidad por cambio de adscripción de puesto de trabajo. Evidentemente esta surge a partir de la propia administración, pero el proceso puede ser más complejo.

Redistribución de efectivos funcionarios

Redistribución de efectivos de funcionarios
El Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, establece los distintos sistemas de provisión de puestos vacantes por funcionarios pertenecientes a la Administración Estatal. En él puede verse la normativa que regula los procedimientos habituales de provisión y también algunos más específicos y concretos que se dan con menos frecuencia.

Reasignación de efectivos de funcionarios

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Cuando el puesto de trabajo que ocupa un funcionario sea suprimido como consecuencia de un Plan de Empleo, el funcionario será asignado a otro puesto de trabajo por el procedimiento de reasignación de efectivos. Los criterios que han de regir esta reasignación de efectivos están relacionados con las aptitudes, experiencia, formación y la antigüedad. La adscripción al puesto que se adjudique por reasignación tiene el carácter de definitivo. Aquellos que por la reasignación tengan que desplazarse a trabajar a otro municipio recibirán la indemnización establecida en la normativa.


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