Exclusiones médicas oposiciones policía nacional

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Las oposiciones a policía nacional son una de las convocatorias más concurridas cada año de celebración. Son muchos los opositores que se inclinan por esta oposición por las ventajas que reporta contar con un puesto de trabajo en el Cuerpo de Policía Nacional. Todo aquel que decida presentarse a las oposiciones de policía nacional ha de tener en cuenta que la preparación de este tipo de convocatoria requiere de muchas horas de estudio y de un entrenamiento continúo para estar en forma el día de celebración de las pruebas físicas. Además ha de tener en cuenta las exclusiones médicas que prohíben que determinados candidatos puedan optar a una plaza de policía nacional.



Motivos de exclusión en las oposiciones


La primera de las exclusiones médicas es la relativa a la talla. Aquellos aspirantes con una altura menor a 1,65 metros para los hombres y 1,60 metros para las mujeres, no podrán participar en las oposiciones a policía nacional por estar excluidos directamente. También es causa de exclusión tener un grado de obesidad que dificulte el ejercicio de las funciones que el cargo tiene encomendada. Igualmente ocurre si lo que se tiene es una delgadez que pueda impedir el normal desempeño de las funciones del Cuerpo Nacional de Policía.

Otro motivo de exclusión médica en las oposiciones a policía nacional es la comprendida dentro del apartado de exclusiones circunstanciales. Si el candidato sufre una enfermedad o una lesión aguda en el momento del reconocimiento y se estima que estas lesiones pueden producir secuelas que puedan dificultar la labor que el candidato tendría que realizar si fuese policía nacional, también quedará automática excluido del proceso de selección. En estas situaciones es posible que el Tribunal Médico, si lo estima conveniente, pueda fijar una nueva fecha para comprobar el estado de salud en el que se encuentra en ese momento el aspirante para determinar si han desaparecido los motivos que provocaron la exclusión.

Hay otro grupo que corresponde a las exclusiones definitivas. El incurrir en alguna de estas situaciones impide que el candidato pueda concurrir a las oposiciones de la policía nacional y que no pueda hacerlo hasta que haya subsanado el motivo de la exclusión. Están divididas en dos bloques: las correspondientes a la visión y las correspondientes a la audición. En las primeras es un motivo de exclusión tener una agudeza visual inferior a los dos tercios de la visión normal. Hace referencia a los dos ojos y sin utilización de gafas correctoras o lentillas. Otras enfermedades excluyentes son: estrabismo, desprendimiento de retina, hemianopsias, discromatopsias y cualquier otra enfermedad que dificulte en gran medida la agudeza visual.

Aquellos candidatos que tengan una pérdida de agudeza auditiva entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios o de 4.000 hertzios a 45 decibelios, también quedan excluidos. Otras exclusiones están relacionadas con el aparato locomotor, digestivo, cardiovascular, respiratorio y nervioso, así como padecer enfermedades transmisibles en actividad, de transmisión sexual, inmunológicas sistemáticas, diabetes y cualquier otra que a juicio del Tribunal Médico limite su capacidad para el ejercicio de las funciones encomendadas a la Policía Nacional.

Conocer las exclusiones médicas


Es muy importante conocer con detalles estas exclusiones, y además es fundamental conocerlas antes de iniciar el proceso de preparación de las oposiciones, ya que pueden suponer que en el candidato no pueda acceder a una plaza de policía nacional. Hay muchos opositores que ponen remedio a algunas de estas exclusiones antes del proceso de selección, como por ejemplo en aquellos casos en que las deficiencias visuales pueden ser subsanadas de forma definitiva con una cirugía.

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