Permisos diversos sobre la maternidad de funcionarias

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Además del permiso por parto, los funcionarios y funcionarias pueden disfrutar de otros permisos relacionados con los exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto, permiso y reducción de jornada por nacimiento de hijos prematuros o que deban permanecer hospitalizados a continuación del parto y permiso para someterse a técnicas de fecundación o reproducción asistida. Todos estos permisos tienen una regulación propia y es conveniente que los funcionarios y funcionarias los conozcan para poder ejercer sus derechos.




Permiso para embarazadas



Dentro de este epígrafe se recoge el derecho de las funcionarias embarazadas a ausentarse del trabajo para poder hacer exámenes prenatales y poder someterse a técnicas de preparación al parto. El permiso se conde por el tiempo necesario para su realización y la funcionaria ha de justificar previamente la necesidad de su realización dentro de la jornada de trabajo. El plazo de resolución de la solicitud de este permiso es de tres meses y el sentido del silencio es Estimatorio. La necesidad de justificación del disfrute de este permiso viene dado por la consideración supletoria de su aplicación que recoge la normativa vigente. El principal motivo de justificación es la imposibilidad de realizar la actividad fuera del horario de trabajo.

Permiso por hijos prematuros


En este apartado se recoge el derecho de los funcionarios o funcionarias a ausentarse del trabajo en los casos de nacimiento de hijos que sean prematuros o que deban quedarse hospitalizados después del nacimiento.  El derecho reconocido es el de poder ausentarse del trabajo durante un máximo de dos horas. También pueden optar por reducir su jornada también durante un máximo de dos horas, aunque en este caso se llevará a cabo una reducción proporcional de sus retribuciones. Este permiso tiene incompatibilidades de aplicación con otros de similar naturaleza.

Permiso para técnicas de fecundación


Aquellas funcionarias que tengan que someterse a técnicas de reproducción asistida o de fecundación, tendrán derecho a poder ausentarse del trabajo por el tiempo que se necesite para su práctica y es necesario que previamente se justificada la imposibilidad de realizarlas fuera del horario de trabajo. El plazo de resolución es de tres meses y el sentido del silencio Estimatorio. Una vez realizada las pruebas pertinentes las funcionarias tendrán que acreditar qué tiempo ha sido empleado en dicha realización.

Incompatibilidad de permisos


Es muy importante realizar un estudio completo de todas las circunstancias que pueden ser cubiertas por este tipo de permisos. Hay ocasiones en que una misma contingencia puede estar incluida en dos modalidades de permiso o más, siendo bastante habitual que sean incompatibles entre sí, teniendo que escoger un permiso u otro, de ahí la importancia de conocer cuáles pueden ser más beneficioso según las circunstancias particulares de cada caso.

Más información sobre normativa de aplicación a los funcionarios.






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