El grado personal en su grupo de los funcionarios

El grado personal en su grupo de los funcionarios
El Estatuto Básico del Empleado Público tiene que ser desarrollado por diferentes Leyes de Función Pública que aún no han visto la luz. Uno de los puntos que se tienen que incluir en dichas leyes es el grado personal de los funcionarios. Actualmente se encuentra regulado por el artículo 21 de la Ley 30/1984 de Medidas para la reforma de la Función Pública. En ella se indica que el grado personal es adquirido por el funcionario al desempeñar uno o más puestos durante un periodo de dos años consecutivos o de tres con interrupción.





Garantías de los funcionarios por su grado personal


La principal garantía que proporciona el tener un grado consolidado es que los funcionarios, independientemente del puesto de trabajo que estén desempeñando, percibirán como mínimo el complemento de destino asignado a los puestos de nivel correspondiente a su grado personal.. Cuando un funcionario obtiene un puesto de trabajo superior en más de dos niveles al correspondiente a su grado personal, cada dos años de servicios continuados consolidará un grado superior en dos niveles al que posea inicialmente, hasta llegar al que corresponda al puesto que se está desempeñando.





Otra garantía que tienen los funcionarios gracias al grado personal adquirido, es que cuando se produzca un cese en su plaza de libre designación o sean removidos de un puesto que fue conseguido mediante concurso, serán adscritos de forma provisional a un puesto correspondiente a su Cuerpo o Escala que no podrá ser inferior en más de dos niveles con respecto al grado personal que se tenga consolidado.

Habitualmente el reconocimiento de grado se realiza de oficio, pero en determinadas ocasiones si este no llega a producirse, los funcionarios deben solicitarlo, para evitar problemas posteriores, al correspondiente órgano de Recursos Humanos del Departamento u Organismo donde se encuentre destinado. Este órgano también será el encargado de asignar un grado personal a los funcionarios de nuevo ingreso cuando lleven desempeñando sus funciones en el puesto de trabajo por un periodo continuado de dos años.




El grado personal y la promoción interna


Cuando los funcionarios aprueban unas oposiciones por promoción interna, el grado personal que se va a conceder es el correspondiente al puesto de trabajo que pasará a ocupar. En ocasiones el puesto de trabajo anterior tiene asignado un complemento de destino superior al nuevo, por lo que es posible solicitar de forma expresa mantener el antiguo grado que se tenía reconocido en el cuerpo de procedencia.



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